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Teoría general de las obligaciones

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Descripción

Emilio Betti
Teoría general de las obligaciones

Olejnik

Número de Edición: 1
Páginas: 508
Formato: 23 x 16
Encuadernación: Rustica
Peso: 1.1 kgs.
ISBN: 9789563923759

Betti, Emilio.


Teoría general de las obligaciones.


Año:2019
23 x 16 cm. 508 Pag.
Rustica.


Descripción:


Es comúnmente reconocido que el contenido económico-social del derecho de obligación, al menos en definitiva, es el interés a una prestación ajena: prestación que tiene por término de referencia una persona; en cambio, contenido del derecho real es el interés a una utilidad (derechos reales de goce) o a un valor (derechos reales de disposición), que tiene por término de refrenda la cosa misma de la cual ha de obtenerse la utilidad o realizar el valor. De lo que deriva que en la relación de obligación el interés del titular del derecho está destinado a realizarse, como antes habíamos precisado, por medio de un intermediario, a través de un comportamiento ajeno, de una actividad de cooperación; mientras que en la relación de derecho real el interés del titular está destinado a realizarse inme diatamente, sin intermediarios y, en todo caso, por la actividad del titular mismo. Pero no es esto todo: es el fenómeno, pero no la razón del fenómeno. Es claro que, también en el campo del Dere cho privado, la obligación del sujeto positivo es, en la relación juri dica, el príus, y la correlativa expectativa del sujeto activo, el poste rius. Pero cuando en la investigación de la relación juridica se rebasa más allá de la fase de la exigibilidad, se percibe una funda mental diferencia entre el modo de constituirse la relación de obli gación y el modo de constituirse la relación de derecho real. En la relación de obligación el prius lógico es verdaderamente -no de otro modo en la fase de exigibilidad- el lado pasivo, el vinculo ajeno (del deudor); el correlativo poder del que tiene el derecho es siempre el posterius. En cambio, en la relación de derecho real, el prius lógico es a diferencia que en la fase de exigibilidad-el lado activo, el poder del titular, la pertenencia: la correspondiente exclusión de los demás es el posterius, la consecuencia.

EMILIO BETTI