Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs

Los hechos sobrevinientes en el proceso civil - Carneiro da Cunha, Leonardo

$40.040,00
$36.036,00 con Transferencia o depósito bancario
3 cuotas sin interés de $13.346,67
10% de descuento pagando con Transferencia o depósito bancario
Ver más detalles
Envío gratis superando los $150.000,00
No acumulable con otras promociones
Compra protegida
Tus datos cuidados durante toda la compra.
Cambios y devoluciones
Si no te gusta, podés cambiarlo por otro o devolverlo.
Entregas para el CP: Cambiar CP
Medios de envío
No sé mi código postal
Descripción

Leonardo Carneiro da Cunha
Los hechos sobrevinientes en el proceso civil

Zela

Número de Edición: 1
Páginas: 196
Formato:
Encuadernación: Rustica
Peso: 0.201 kgs.
ISBN: 978-612521113-2


VER INDICE

Carneiro da Cunha, Leonardo

Los hechos sobrevinientes en el proceso civil

1ª edición, febrero de 2026
196 págs 20 x 13 cm.
Rústica

Contenido: Los hechos modificativos y extintivos del derecho del demandante deben ser considerados por el juez al emitir la sentencia, no existiendo mayores dificultades en la aplicación de los referidos dispositivos. Sin embargo, el problema surge cuando se producen hechos constitutivos sobrevinientes. Cabe precisar que es común decir que el juez debe considerar en la sentencia los hechos constitutivos sobrevinientes, siempre que no haya alteración de la causa de pedir. Es por ello que, con la investigación realizada y ahora explicada, se pretende indagar si realmente el hecho constitutivo sobreviniente no puede alterar la causa de pedir.