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La prueba de ADN en el proceso penal

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Descripción

Jose G. Bongiovanni Servera
La prueba de ADN en el proceso penal
Analisis del articulo 218 bis del CPPN y su discusion parlamentaria
Del Puerto

Número de Edición: 1
Páginas: 130
Formato: 20
Encuadernación: Rustica
Peso: 0.25 kgs.
ISBN: 9789871397822


VER INDICE

José Gabriel Bongiovanni Servera

La prueba de ADN en el proceso penal.
Analisis del articulo 218 bis del CPPN y su discusion parlamentaria

Año: 2012
160 páginas.
Rústica. 20 x 14 cm.

DESCRIPCION:

El autor analiza con profundidad y de manera exhaustiva una nueva facultad otorgada por el parlamento argentino a los jueces penales: determinar, incluso compulsivamente, el perfil genético de una persona imputada o no- en una Investigación criminal.

En esta tarea, brinda razones que le permiten extraer ciertas conclusiones sobre cada uno de los más relevantes aspectos de este particular permiso de injerencia en la vida de los individuos.

La solidez de esas conclusiones es evaluada considerando argumentaciones opuestas, lo que provee al lector de los ingredientes necesarios para generar sus propias ideas sobre el tema en estudio y, desde luego, utilizarlas con sentido práctico.

En este camino, juegan un rol protagó-nico las expresiones vertidas por los legisladores que participaron de la dis-cusión parlamentaria que terminó con la incorporación al CPP Nación del artículo 218 bis.

Con todo esto, la obra pretende ser un ejercicio de interpretación normativa que tiene en cuenta la intención del legislador, en una parte de la historia política en que ello no ocurre todos los días.

SUMARIO:
Prologo, por Gargarella, Roberto.
El caso Vazquez Ferra como antecedente inmediato del articulo 218 bis del CPPN. La jurisprudencia de la Corte Suprema y su incidencia en el articulo 218 bis del CPPN. ¿A que clase de delitos resulta aplicable el articulo 218 bis del CPPN?. Necesidad de orden judicial y sujetos pasivos de la medida prevista en el articulo 218 bis del CPPN. Justificacion de la medida probatoria. Relacion entre los articulos 218 y 218 bis del CPPN. Finalidad de la norma: identificacion de personas o constatacion de circunstancias de importancia para la investigacion. Acerca de los metodos de extraccion de ADN previstos en el articulo 218 bis del CPPN. La cuestion del doble estandar en la apreciacion de la voluntad del afectado. La imposibilidad de compeler a la victima y sus razones legales. El criterio de certeza desigual en la extraccion compulsiva del ADN. Consideraciones acerca de los diferentes metodos de obtencion de ADN. El Grupo Especial de Asistencia Judicial y su protocolo de actuacion para la extraccion de ADN y su relacion con la impugnacion de la medida. Compulsion y neocompulsion. Inaplicabilidad de los articulos 242 y 243 del CPPN. Conclusion.
Bibliografia.