Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs Desde 1968 tu librería jurídica Lunes/Viernes 9 a 19 hs. Sábado 9 a 13 hs

La pretension de declaracion

$12.900,00
$11.610,00 con Transferencia o depósito bancario
6 cuotas sin interés de $2.150,00
10% de descuento pagando con Transferencia o depósito bancario
Ver más detalles
Envío gratis superando los $150.000,00
No acumulable con otras promociones
¡No te lo pierdas, es el último!
Compra protegida
Tus datos cuidados durante toda la compra.
Cambios y devoluciones
Si no te gusta, podés cambiarlo por otro o devolverlo.
Entregas para el CP: Cambiar CP
Medios de envío
No sé mi código postal
Nuestro local
  • Librería del Jurista - Talcahuano 427, CABA, Argentina - Atención de L a V de 9 a 19 hs y S de 9 a 13 hs.
    Gratis
Descripción

Adolf Wach
La pretension de declaracion
Un aporte a la teoria de la pretension de proteccion del derecho.
Olejnik

Número de Edición: 1
Páginas: 85
Formato: 23 x 16
Encuadernación: Rustica
Peso: 0.25 kgs.
ISBN: 9789564071084

Wach, Adolf.

La pretensión de declaración.

Un aporte a la teoría de la pretensión de protección de derecho.



Año: 2022
23x16 cm. 85 Pag.
Rustica.

Descripción:

La pretensión del actor a una decisión favorable, con fuerza de cosa juzgada, cubre tanto la llamada acción de condena, la pretensión de condena, como la acción de declaración. Sobre la razón de la diferencia entre ambas no se ha llegado todavía a un acuerdo. No pienso exponer aquí todas las opiniones que han ido apareciendo, porque seria inútil. La diferencia no está en la naturaleza distinta del pretendido acto de protección del derecho mediante la sentencia. No está, por consiguiente, en la naturaleza distinta de la pretensión de protección del derecho en si. Si hablábamos y hablamos de pretensión de declaración y pretensión de condena, solo se señalan con ello subespecies de la pretensión a decisión judicial.

Naturalmente, carece de toda importancia la cuestión formal de si la acción y la sentencia tienen por objeto un "declarar", o un "condenar al reconocimiento", o un "deber de prestación", o algo semejante. Debemos tener presente que la sentencia firme no es nunca y bajo ninguna circunstancia otra cosa que la aplicación del derecho, autoritativa y vinculatoria, al objeto de la protección del derecho. Es la voluntad de la ley concretada, que como tal siempre vincula. No se dirige a diferentes estados anímicos: o sea la imaginación o la voluntad, según se trate de declaración o condena. Siempre tiene una importancia práctica, normativa. Tampoco implica la sentencia firme, si "condena", una orden fuera de la afirmación del derecho del actor, o sea una disposición especial existente al lado de la decisión. Condena no es otra cosa que declaración.

Bajo ciertas circunstancias, naturalmente, la sentencia puede llevar en si ciertos mandamientos tendientes a la ejecución, y pasar así al terreno de ellos. Solo que estos aspectos no tienen de por si nada que ver con la condena. Esta constituye necesariamente un llamado titulo de ejecución, cuando establece la necesidad de modificación (ilegalidad) de un estado de cosas.

Adolf Wach