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El principio de humanidad de las penas como límite constitucional al legislador penal

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Descripción

Marina Mínguez Rosique
El principio de humanidad de las penas como límite constitucional al legislador penal

Marcial Pons

Número de Edición: 1
Páginas: 372
Formato:
Encuadernación: Rustica
Peso: 0.467 kgs.
ISBN: 978-841381783-5


VER INDICE

Mínguez Rosique, Marina

El principio de humanidad de las penas como límite constitucional al legislador penal

1ª edición, mayo de 2026
372 págs 23 x 16 cm.
Rústica

Contenido: El principio de humanidad de las penas se considera una conquista de la civiliza-ción, y el auge de su constitucionalización tras la Segunda Guerra Mundial pone de manifiesto la existencia de consenso y aceptación del mismo tanto por parte de la sociedad como por parte de la comunidad científica. Sin embargo, como todos los principios, adolece de cierta abstracción y/o vaguedad, razón por la que el pri-mer objetivo de este trabajo ha consistido en analizar si las esperanzas depositadas por la sociedad en dicho principio se han visto satisfechas o si, por el contrario, su aplicación práctica se ha visto reducida a un papel meramente simbólico. Para ello, teniendo siempre presente tanto el debate doctrinal en el marco jurídico-pe-nal como las valiosas aportaciones realizadas desde la Filosofía moral y política, se ha procedido a analizar el recorrido jurisprudencial del principio de humanidad de las penas en diversos tribunales de carácter constitucional (nacionales e inter-nacionales) para averiguar en qué medida este principio ha constituido un límite real al legislador penal en su labor de configuración de las penas. Los resultados de la investigación ponen de manifiesto que estos tribunales han dotado al principio de humanidad de las penas de un contenido insuficiente, razón por la que, sin perder de vista las aportaciones positivas de sus pronunciamientos, así como el ya mencionado debate doctrinal, se ha llevado a cabo una labor de reconstrucción del contenido de este principio, de manera que pueda operar como un límite efectivo y real al legislador penal.